Una vez recibida el acta de la última reunión de la Comisión de Seguimiento de la rehabilitación de la Alcazaba árabe de Badajoz, la Plataforma para la Recuperación de la Alcazaba, compuesta por un buen número de asociaciones culturales y recreativas de la ciudad, quiere hacer públicamente algunas consideraciones importantes, las mismas que ya pusimos sobre la mesa en esta reunión ante los representantes del Ministerio de la Vivienda, Junta de Extremadura y Ayuntamiento de Badajoz.
Tras el estudio y el análisis arquitectónico y arqueológico que los técnicos de la Plataforma han realizado del proyecto de la primera fase de la rehabilitación de la Alcazaba, a ejecutar por la Junta de Extremadura y el Gobierno Central, se pone de manifiesto que éste no cumple con las dos premisas básicas que debe tener un proyecto que pretende poner en valor el principal monumento de la ciudad, declarado Bien de Interés Cultural, Monumento Nacional y considerada una de las mejores alcazabas de España. Estas dos premisas son las siguientes:
1.- Que las obras de recuperación respeten el monumento y no lo alteren y lo desvirtúen con obras nuevas e inconvenientes, como es lucir toda la muralla sin estudios murarios serios previos y sin preservar los elementos originales de época almohade que se conservan, o pretender sustituir elementos originales o partes que se han ido sumando al monumento a lo largo de los siglos y que ya forman parte protegida de él, como el adarve y su murete o la escalera del S. XVII que se pretende derribar, para hacer obras de nueva planta altamente impactantes y nada convenientes con el monumento que se va a rehabilitar.
2.- Que el proyecto de rehabilitación cumpla con la Ley de Patrimonio de la Junta de Extremadura y con la Ley del Patrimonio Histórico Español. Esto es lo mínimo que se le puede exigir a un proyecto que va recuperar un monumento tan importante como la Alcazaba de Badajoz y es evidente que no lo cumple, pues eliminar elementos originales del monumento u otros, fruto de sucesivas reformas realizadas desde el S. XII hasta ahora pero perfectamente integradas en el conjunto, contravienen directamente la Ley de Patrimonio de Extremadura 21/1999 en su artículo 33 y siguientes, referidos a los criterios de intervención en inmuebles declarados B.I.C.:
“Art. 33: Cualquier intervención en un inmueble declarado Bien de Interés Cultural habrá de ir encaminada a su protección, conservación y mejora, de acuerdo con los siguientes criterios:
b) Las características volumétricas y espaciales del inmueble, así como las aportaciones de las distintas épocas deberán ser respetadas.
f) Se impedirán las acciones agresivas en las intervenciones, salvo que estén motivadas técnicamente y se consideren imprescindibles.”
Es evidente que los 7 puntos denunciados por la Plataforma para la rehabilitación de la Alcazaba ante la Comisión de Seguimiento del proyecto están amparados por la ley y por el más elemental sentido común. Son los siguientes:
1.- Hacer un estudio murario y estratigráfico de la muralla previo a su rehabilitación, para enfoscar donde sea necesario y preservar los testigos originales que quedan del S. XII y posteriores.
2.- No eliminar el actual adarve, ya integrado, en perfectas condiciones y con partes originales, para sustituirlo por uno nuevo de hormigón blanco altamente impactante con el monumento.
3.- No derribar el murete del adarve para sustituirlo por una barandilla de acero, pues se trata en muchos casos de elementos originales y en otros de obras de reforma hechas durante siglos que no permiten separar las capas añadidas de las originales sin dañar el monumento.
4.- En la zona que el adarve no tiene suelo pavimentado, buscar las soluciones más adecuadas e integradoras en cuanto a los materiales y tratamiento a emplear, huyendo del empleo de losetas de hormigón y barandillas metálicas que impactarán con el entorno y el resto del monumento.
5.- Respetar y no derribar la escalera del S. XVII que existe en la Puerta de Carros, perfectamente documentada en los planos antiguos, y realizada con peldaños de piedra reaprovechados del monumento, lo que le da un gran sabor y la integra, y no construir en su lugar una de nueva planta en metal, añadiendo un elemento postizo no permitido por la ley y absurdo al estar en perfectas condiciones la existente.
6.- No llevar las canalizaciones de aguas pluviales a través de la muralla, sino desaguarla por debajo de la Puerta de la Coraxa como camino natural hacia el río y evitar así las humedades en la el muro.
7.- No hormigonar, sino estudiar arqueológicamente y hacer un tratamiento adecuado al acceso interior de la Puerta de la Coraxa.
Estas 7 consideraciones fundamentales para que la primera fase de la rehabilitación de la Alcazaba respete el monumento y cumpla la Ley de Patrimonio aun no han sido tenidas en consideración por las administraciones responsables, por lo que la postura clara de la Plataforma es que no se inicien las obras hasta que no se haga un reformado del proyecto que las contenga, aspecto que puede solucionarse en pocas semanas con buena voluntad, pues es evidente que después de haber esperado la ciudad de Badajoz durante siglos la recuperación de su monumento más importante unos días más no importan, pero sí que importa y mucho que la rehabilitación sea un acierto y se haga bien para orgullo de las administraciones implicadas y de los ciudadanos.
Finalmente, la Plataforma apela, una vez más, a la responsabilidad de las administraciones implicadas (Gobierno Central, Junta y Ayuntamiento), para que estas importantes consideraciones sean aceptadas antes del inicio de las obras, pues después sería muy difícil rectificar y vendrían los problemas en un monumento fundamental para la ciudad, para toda la región y para toda España, que merece el mayor respeto, sensibilidad y cariño en su recuperación.
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